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El Gobierno Bolivariano, cumpliendo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, referente a garantizar la soberanía alimentaria al pueblo, como una forma de darle bienestar, ha decidido a través de los ministerios del Poder Popular de Planificación y Finanzas, para el Comercio, para la Agricultura y Tierras, para la Alimentación y para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias fijar Precio Máximo de Venta al Público (PMVP) en todo el territorio nacional a productos alimentcios.
Esta resolución, que involucra a los ministerios arriba mencionados, fue publicada en la Gaceta Oficial N° 39.656, de fecha jueves 14 de abril del presente año y tiene como finalidad mantener un control de precios en productos alimentcios que son considerados básicos en la dieta de la población, y por su importancia el Gobierno ha decidido tomar como medida de protección al público consumidor.
Los productos que están sometidos al PMVP -en sus diferentes presentaciones- son los siguientes: Aceite de maíz, 1 litro, Bs.7,80. Aceite de mezcla 2 litros, Bs. 12,68; 1 litro, Bs. 6,54; 500 cc, Bs. 4,26; 250 cc, Bs. 2,50. Aceite de girasol 1 litro, Bs. 7,19. Leche en polvo entera en lata, 1 kilo, Bs. 23,80; 900 gramos, Bs. 23,74. Leche en polvo entera en sobre 1 kilogramo, Bs. 20,91; 900 gramos, Bs. 19,24; 500 gramos, Bs. 10,41; 125 gramos, Bs. 2,49. Esta resolución de Precio Máximo de Venta al Público no incluye el monto del Impuesto al Valor Agregado, cuando fuere procedente.
Igualmente, en esta resolución se plantea que los establecimientos comerciales son garantes solidarios con el sector fabricante o importador. Los comerciantes deberán cumplir con las normas y reglamentaciones técnicas en materia de información al consumidor o asociadas a la comercialización en el mercado nacional. Si se verificara incumplimiento de las normas establecidas los ministerios involucrados en esta resolución podrán actuar, según lo establecido legalmente.
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